Monday, January 24, 2011

El Papa recuerda la importancia de la preparación pre-matrimonial

La preparación al matrimonio, en sus varias fases descritas por el Papa Juan Pablo II en la Exhortación apostólica Familiaris consortio, tiene ciertamente finalidades que trascienden la dimensión jurídica, pues su horizonte está constituido por el bien integral, humano y cristiano, de los cónyuges y de sus futuros hijos. (...) No se dirige a la pareja un mensaje ideológico extrínseco, ni mucho menos se le impone un modelo cultural; al contrario, los novios son puesto en grado de descubrir la verdad de una inclinación natural y de una capacidad de comprometerse que ellos llevan inscritos en su ser relacional hombre-mujer.

Entre los medios para asegurar que el proyecto de los contrayentes sea realmente conyugal, destaca el examen prematrimonial. Tal examen tiene un objetivo principalmente jurídico: comprobar que nada se oponga a la celebración válida y lícita de las bodas. Jurídico no quiere decir, sin embargo, formalista, como si fuese un trámite burocrático consistente en rellenar un módulo sobre la base de preguntas rituales. Se trata en cambio de una ocasión pastoral única – que valorar con toda la seriedad y la atención que requiere – en la que, a través de un diálogo lleno de respeto y de cordialidad, el pastor intenta ayudar a la persona a ponerse seriamente ante la verdad sobre sí misma y sobre su propia vocación humana y cristiana al matrimonio. En este sentido, el diálogo, siempre llevado de forma separada con cada uno de los dos contrayentes – sin disminuir la conveniencia de otros coloquios con la pareja – requiere un clima de plena sinceridad, en el que se debería subrayar el hecho de que los propios contrayentes son los primeros interesados y los primeros obligados en conciencia a celebrar un matrimonio válido.

De esta forma, con los diversos medios a disposición para una cuidadosa preparación y verificación, se puede llevar a cabo una eficaz acción pastoral dirigida a la prevención de las nulidades matrimoniales. Es necesario trabajar para que se interrumpa, en la medida de lo posible, el círculo vicioso que a menudo se verifica entre una admisión por descontado al matrimonio, sin una preparación adecuada y un examen serio de los requisitos previstos para su celebración, y una declaración judicial también fácil, pero de signo inverso, en la que el mismo matrimonio es considerado nulo solamente en base a la constatación de su fracaso. Es verdad que no todos los motivos de una eventual declaración de nulidad pueden ser identificados o incluso manifestados en la preparación al matrimonio, pero, igualmente, no sería justo obstaculizar el acceso a las bodas sobre la base de presunciones infundadas, como la de considerar que, a día de hoy, las personas serían generalmente incapaces o tendrían una voluntad sólo aparentemente matrimonial. En esta perspectiva, parece importante que haya una toma de conciencia aún más incisiva sobre la responsabilidad en esta materia de aquellos que tienen cuidado de almas, El derecho canónico en general, y especialmente el matrimonial y procesal, requieren ciertamente una preparación particular, pero el conocimiento de los aspectos básicos y de los inmediatamente prácticos del derecho canónico, relativos a las propias funciones, constituye una exigencia formativa de relevancia primordial para todos los agentes pastorales, en particular para aquellos que actúan en la pastoral familiar.

(Discurso ante el tribunal del Tribunal de la Rota Romana. Ciudad del Vaticano, 23-1-2011)

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